martes, 10 de julio de 2012

LT 14 Prohíben grabaciones o comunicados en los que se informa sobre las medidas de fuerza



Trabajadores de LT 14 recibieron “un aviso” de la dirección de la radio de acuerdo a la que se les anuncia que no se pueden emitir en la emisora o publicar en la web -“se hallan vedadas”-, las grabaciones o comunicados en los que se informa sobre las medidas de fuerza que se llevan adelante. En la misiva también se advierte sobre “sanciones disciplinarias”, para los que no cumplan con esta disposición.








Trabajadores de LT 14 en estado de alerta.

El personal de LT 14 convocado por la Intersindical Radial se encuentra “en estado de alerta y asamblea permanente” debido a “la violación de los Convenios Colectivos de Trabajo y la ley de Contrato de trabajo por medidas arbitrarias”.

Las mismas “se manifiestan en persecución laboral, maltrato y hostigamiento y censura de contenido informativos por parte del director Juan Carlos Bettanin y por Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado peligrando la fuente laboral de compañeros”, afirmaron.

Ante este escenario, la dirección de la radio anunció a sus trabajadores mediante una misiva las medidas que se toman y tomarán.

“Habiendo advertido que se propalan al aire grabaciones y/o comunicados con manifestaciones atinentes a un estado de alerta y/o medidas de fuerza, pongo en vuestro conocimiento que las mismas se hallan vedadas por lo cual deberán cesar de inmediato en su transmisión”, afirma el comunicado firmado por el director de la emisora, Juan Carlos Bettanin.



El comunicado enviado por la direccion de la radio.






Asimismo, según registró AIM, explica que “la misma cuestión se extiende a la página web de la Emisora por lo cual, el comunicado que allí luce, deberá ser dado de baja de forma inmediata, quedando prohibida otra manifestación en igual o similar sentido y por tal medio”.

“El legitimo ejercicio del derecho de huelga no alcanza ni protege acciones de tal naturaleza, por lo cual reitero lo consignado, bajo apercibimiento de sanciones disciplinarias al operador de turno y/0 locutor yo responsable de la referida página y/o quien de modo directo o indirecto propicie o persiga la consecución de tales fines”, finaliza.
(AIM)

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